Se crea el registro español de ayudas de minimis en el sector pesquero |
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| Escrito por Ayudas Oficiales |
| Martes, 09 de Agosto de 2011 20:47 |
Ayudas de minimis en el sector pesquero
Su objetivo es simplificar la gestión de estas ayudas y garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria
El Consejo de ministros del pasado 29 de julio aprobó un real decreto por el que se crea el registro español de ayudas de minimis en el sector pesquero para simplificar la gestión de estas ayudas por parte de todas las administraciones y garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria en cuanto a límites de importe y tiempo de las mismas.
Los límites de las ayudas de minimis, en el caso del sector pesquero, son de 30.000 euros brutos de ayuda por empresa en un período máximo de 3 ejercicios fiscales y de 127.880.000 euros el importe global acumulado que podrá destinar España a estas ayudas en cualquier período de esta duración.
Se consideran ayudas de minimis aquellas que, por su cuantía y duración, se consideran compatibles con el Tratado de la Unión Europea, no alteran la libre competencia entre empresas y están eximidas de la obligación de notificación previa a la Comisión Europea.
Además, la disposición aprobada regula los mecanismos de transferencia de datos desde las distintas administraciones al registro y las obligaciones de notificar las ayudas tanto por parte de los beneficiarios como de los organismos otorgantes. |



