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Programa Modernización de Equipos Productivos (MEP)

 
Ayudas: Modernización de Equipos Productivos
 

 

Inicio convocatoria: 26/01/2011 Final convocatoria: 14/10/2011
Organismo otorgante:
Sociedad de Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) / Dpto. Industria, Innovación, Comercio y Turismo / Gobierno Vasco
Acciones subvencionables:
Ayudas para fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de los equipamientos productivos y a su vez, su adecuación a las normas de seguridad y salud laboral, propiciando el achatarramiento de la maquinaria existente para sustituirla por una nueva.
Inicio de la inversión: 01/01/2011 Fin de la inversión: 31/12/2011
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 20,00 % ó 18.000,00 €
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: gastos de nueva maquinaria, IVA excluido, afecta al proceso productivo que realice, cuando menos, las mismas funciones que la sustituida y que esté instalada en centros de trabajo en País Vasco.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas industriales con menos de 50 trabajadores y establecimiento en País Vasco.
Se excluyen como beneficiarios las Sociedades Públicas, Entidades de Derecho Público, las empresas u organizaciones en la que su participación sea mayoritaria y empresas cuyos proyectos de inversión corresponden a los ámbitos competenciales de los Departamentos de Educación, Universidades e Investigación, Transportes y Obras Públicas, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
CUANTIA: Las ayudas a conceder en concepto de subvenciones no reintegrables serán del 20% de los gastos acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria, con un importe máximo a otorgar de 18.000 euros por máquina nueva adquirida. La ayuda máxima por empresa y año es de 40.000 euros.
RESTRICCIONES: los beneficiarios deben haber realizado la Evaluación de Riesgos Laborales y el Plan de Prevención y, en su caso, haber llevado a cabo la Auditoría del Sistema de Prevención.
La maquinaria nueva deberá cumplir con los Requisitos Esenciales de Seguridad y Salud Laboral y las especificaciones establecidas en el Real Decreto 1435/1992 y mejorar la productividad.
La maquinaria existente a retirar deberá contar con una antigüedad mínima de 10 años y ser achatarrada.
Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse en el ejercicio económico de la solicitud.
Durante un período de 5 años desde su adquisición, se mantendrá la propiedad de la maquinaria subvencionada que, además, no podrá trasladarse fuera de País Vasco y se destinará al fin para que se adquirió durante ese mismo período.
La inversión debe no haberse acogido para la misma máquina-herramienta al Programa Renove Máquina Herramienta.
La maquinaria nueva será suministrada e instalada en la empresa beneficiaria y no se procederá a la concesión y, en su caso, libramiento de la ayuda, si no se encuentra instalada.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son compatibles con otras en tanto no se exceda del límite máximo establecido en el Reglamento 1988/2006 o, en el caso en que resulte de aplicación, del límite máximo establecido para la concesión de ayudas de minimis.
NOTA INTERNA: el plazo de resolución será de 6 meses a partir de la fecha de solicitud.
La solicitud se puede presentar telemáticamente a través del área de tramitación electrónicadel portal del SPRI.

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