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Ayudas al empleo: inserción laboral de colectivos desfavorecidos

 

Acciones subvencionables:


Ayudas para la contratación, indefinida o temporal y la conversión del contrato temporal al indefinido de personas pertenecientes a colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.

 


Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido


Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 60,00 % ó 6.000,00 € 


Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: coste salarial.
NO serán subvencionables: la contratación de cónyuge del empresario, ni sus ascendientes, descendientes o colaterales; tampoco familiares de cualquier socio de la empresa.


Información adicional:
PLAZO:
el plazo de solicitud será de dos meses, contados desde la fecha de inicio del contrato o la conversión del contrato temporal en indefinido.
BENEFICIARIOS: personas físicas y jurídicas.
NO serán beneficiarios las administraciones públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y empresas públicas dependientes de las mismas.
En el supuesto de la contratación de personas ex-toxicómanas podrán beneficiarse los ayuntamientos y las entidades municipales (sociedades municipales, mancomunidades de municipios, cuadrillas y agencias de desarrollo local y comarcal).
CUANTIA: el importe reflejado es para la contratación a tiempo indefinido y a jornada laboral, este importe variará según el tipo de contrato subvencionado.
Las cuantía se incrementará en un 25% en el caso de contratar a mujeres.
Estas ayudas están sometidas al régimen de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario en el plazo de 3 años).
RESTRICCIONES: la duración mínima de los contratos temporales ha de ser de 18 meses, excepto para la contratación de ex-toxicómanos que será de 6 meses.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles entre sí y con otras que tengan la misma finalidad, con excepción de aquéllas relativas alas cotizaciones a la Seguridad Social.
En el caso de concurrencia con la cotización a la Seguridad Social, la cuantía no podrá superar el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social.
NOTA INTERNA: los destinatarios de estas ayudas serán: personas mayores de 45 años; jóvenes menores de 30 años; personas minusválidas de al menos un 33%; personas que padezcan una enfermedad mental; parados de larga duración; padre o madre de familia monoparental; víctimas de actos terroristas; personas que hayan finalizado su proceso de inserción socio-laboral; personas beneficiarias de la ayuda del ingreso mínimo de inserción; personas ex-toxicómanas e personas internas en centros penitenciarios.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).
El programa de ayudas al empleo cuenta con un el importe total de 16.210.000 euros de los de los créditos asignados del presupuesto ordinario 2008 y los plurianuales de 2009, 2010, 2011 y 2012, para las líneas de inserción laboral de colectivos desfavorecidos, renovación de plantillas, reparto del tiempo de trabajo y proyectos de empleo-formación en el ámbito local.

Mas información de estas Ayudas Oficiales aquí

Comentarios  

 
0 #2 AyudasOficiales 06-09-2010 12:52
Hola Sabas, le recomiendo vaya o consulte por teléfono ,con la información de esta subvención a su ayuntamioento , ya que ellos suelen ser el enlace de estos fondos de la UE , recuerde que estamos en la sección del País Vasco , si usted no pertenece a esta comunidad igual vaya a consultar ya que varia esta ayuda por comunidad pero por lo general suelen brindarla. saludo.
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-1 #1 SABAS 06-09-2010 10:08
quisiera saber:
soy hombre de una familia monoparental por viudedad.
estoy en un trabajo fijo.
tengo 2 hijos de 8 y 13 años.

¿tengo derecho a alguna ayuda para los gastos que tengo de una señora que me hace la limpieza y las comidas? pues es de entender que estos trabajos no los puedo desempeñar yo al estar en mi trabajo
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