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Ayudas a empresas: programa de transferencia de tecnología
Última actualización el Domingo, 29 de Marzo de 2009 09:58 Escrito por Ayudas Oficiales Jueves, 12 de Marzo de 2009 16:40
Acciones subvencionables:
Ayudas para el establecimiento de acuerdos de cooperación técnica y transferencia de tecnología.
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 %
Ayuda mínima: 20,00 % ó
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: costes externos de asistencia técnica, consultoría, notariales y de registro; gastos de obtención de patentes; gastos de viajes.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: pymes y agrupaciones empresariales innovadoras.
CUANTIA: el porcentaje máximo reflejado corresponden a los costes elegibles del proyecto.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma de minimis (en general, máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años).
RESTRICCIONES: los gastos y pagos elegibles sólo se admitirán los que se hayan producido a partir de los seis meses anteriores de la fecha de presentación de solicitud.
No podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras ayudas financieras siempre que la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado, ni el tope regional establecido por la UE.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 80%.
El presupuesto total para el año 2009 es de 13.600.000 euros.
El plazo de resolución será de seis meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de tres meses.
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