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Ayudas a empresas: programa de promoción de infraestructuras y equipamientos empresariales

Acciones subvencionables:


Ayudas para creación de infraestructuras y equipamiento económicos, así como el desarrollo de la logística y de otra el apoyo a las acciones que se desarrollen en áreas industriales o empresariales para su mejora funcional, mediante:
la promoción y obras de urbanización de nuevo suelo destinado a actividades económicas.
la mejora funcional de polígonos industriales, o áreas empresariales, ya existentes.

 


Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
 


Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 30,00 % 
Ayuda mínima: 25,00 % ó 
 
 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: inversión en obras de urbanización y su equipamiento o mobiliario urbano; honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.
NO serán subvencionables: inversiones de sustitución, como la reposición de infraestructuras; en ningún caso serán subvencionable el IVA.


Información adicional:
BENEFICIARIOS:
administraciones locales, sociedades públicas y entidades gestoras de polígonos y parques industriales.
CUANTIA: la cuantía máxima reflejada es para beneficiario/programa.
El porcentaje máximo reflejado corresponde a la inversión subvencionable.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma de minimis (en general, máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años).
RESTRICCIONES: el proyecto no debe haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud y debe contar con una autofinanciación del 25% del total del proyecto.
Los proyectos deben acompañarse de un estudio que demuestre la viabilidad técnica, económica y financiera.
La inversión debe mantenerse, al menos, 5 años desde la certificación del proyecto.
El plazo de ejecución de los proyectos podrá ser de hasta dos años.
Los proyectos de inversión deberán localizarse en áreas de actividad económica programadas al efecto.
No podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
Para administraciones locales y sociedades públicas los proyectos deberán tener la aprobación de todos los instrumentos del planeamiento; los proyectos deberán acompañarse de un estudio y se verán obligadas a realizar una tasación de los terrenos una vez realizada la inversión.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras ayudas financieras siempre que la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado, ni el tope regional establecido por la UE.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 80%.
El presupuesto total para el año 2008 es de 13.910.000 euros.
El plazo de resolución será de seis meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de tres meses.
 

Mas información de estas Ayudas Oficiales aquí

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