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Ayudas a empresas: programa de implantación de la innovación
Última actualización el Domingo, 29 de Marzo de 2009 09:59 Escrito por Ayudas Oficiales Jueves, 12 de Marzo de 2009 16:28
Acciones subvencionables:
Ayudas para el desarrollo de proyectos de carácter tecnológico, mediante:
investigación y desarrollo tecnológico.
participación en eventos de transferencia de tecnología.
transferencia de tecnología.
implantación de la innovación.
creación o consolidación de departamentos de I+D.
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 %
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: maquinaria de procesos, equipos de medida y control, inversiones para el control, inversiones para control de calidad y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
NO serán subvencionables: inversiones en activos móviles, activos inmobiliarios, el mobiliario, el hardware, las instalaciones e inversiones de sustitución; adquisición de equipos que no estén vinculados con la implantación de la innovación, derivada del proyecto; en ningun caso será subvencionable el IVA.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: pymes y agrupaciones empresariales innovadoras.
Los beneficiarios podrán pertenecer a cualquier sector de actividad menos los sujetos a directrices comunitarias (pesca, carbón, transporte, adquisición de vehículos o flota, siderurgia, construcción naval, fibras sintéticas e industria del automóvil) y el de servicios financieros.
CUANTIA: el porcentaje máximo reflejado corresponden a los costes elegibles del proyecto.
RESTRICCIONES: el proyecto debe ser autofinanciado, al menos, en un 25% y no haber comenzado cuando se presente la solicitud.
El proyecto debe tener una componente innovadora y/o tecnológica.
El plazo de ejecución podrá ser de hasta dos años.
No podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras ayudas financieras siempre que la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado, ni el tope regional establecido por la UE.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 80%.
El presupuesto total para el año 2009 es de 13.600.000 euros.
El plazo de resolución será de seis meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de tres meses.
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