Ayudas Oficiales en tu correo


Las ayudas y subvenciones para los usuarios.
Términos y Condiciones
Lo último en ayudas oficiales en tu correo

Incentivos a las empresas de inserción laboral

 
Incentivos a las empresas
 

Inicio convocatoria: 09/06/2011 Final convocatoria: 30/09/2011
Organismo otorgante:
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social.
contratación de los gerentes o técnicos necesarios para garantizar la viabilidad técnica, económica o financiera de la empresa de inserción.
contratación de técnicos en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción.
realización de labores de mediación laboral para la contratación de personas en inserción en el mercado laboral ordinario.
formalización de préstamos con entidades financieras.
creación y ampliación de la plantilla de las empresas de inserción laboral.
Inicio de la inversión: 01/10/2010 Fin de la inversión: 30/09/2011
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 % ó 24.000,00 €
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: contratos de trabajo celebrados entre las personas trabajadoras en riesgo o en situación de exclusión socia y las empresas de inserción laboral.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas de inserción laboral.
CUANTIA: la cuantía máxima reflejada es para el caso 2, correspondiente al salario mínimo interprofesional mensual por cada trabajador que se reducirá proporcionalmente a la duración de la jornada.
El porcentaje y cuantía máxima variará en función del tipo de ayuda objeto de subvención.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte).
RESTRICCIONES: la inserción sociolaboral por medio de empresas de inserción laboral va dirigida a las personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social, en las que concurran uno o varios factores de exclusión.
Los contratos de trabajo no tendrán una duración inferior a 6 meses ni superior a 24 meses, ni una jornada inferior al 50% de la establecida en el convenio colectivo de aplicación.
COMPATIBILIDAD: las ayudas para las contrataciones por cuenta ajena serán incompatibles con otras que, por los mismos conceptos, puedan otorgar las administraciones públicas como medida de fomento de empleo. Dichas ayudas son compatibles, en su caso, con incentivos en forma de bonificaciones a la Seguridad Social.
Los incentivos serán compatibles con cualquier otra ayuda para distinta finalidad de la Unión Europea, de otras administraciones públicas o entes públicos o privados.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concesión directa.
Estas ayudas están financiadas por el Fondo Social Europeo (FSE), en un 80%.
El presupuesto total para el año 2011 es de 200.000 euros.
El plazo de resolución será de tres meses, que se computarán desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
El plazo de justificación finalizará el 31/10/11.

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

Destacado

Buscar ayudas

EnglishFrenchGermanItalian

Comenta desde tu Facebook

Ayudas Oficiales en Facebook
Secured by Siteground Web Hosting