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Ayudas para la promoción del empleo autónomo - Cataluña.
Última actualización el Jueves, 02 de Septiembre de 2010 23:13 Escrito por Ayudas Oficiales Domingo, 08 de Marzo de 2009 17:32
Promoción del empleo autónomo
Acciones subvencionables:
Ayudas para contribuir a la financiación de los proyectos destinados a la constitución en trabajadores autónomos o por cuenta propia de personas en paro que figuren inscritas en las oficinas de Trabajo, mediante las siguientes ayudas:
subvenciones para el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia
subvenciones financiera
subvenciones para asistencia técnica
subvenciones para formación
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 6.000,00 €
Máximo subvencionable del préstamo:3,00 %
Información adicional:
PLAZO: el plazo de solicitud será para el caso 1 y 2: dos meses después de la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o a la fecha de alta en la mutualidad del colegio profesional que corresponda.
Para el caso 3 y 4: dos meses después de la inalización de la actuación objeto de subvención, siempre que sean dentro de los dos años posteriores a la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o a la fecha de alta en la mutualidad del colegio profesional que corresponda.
BENEFICIARIOS: personas físicas en situación de desempleo que se quieran constituir como trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Los trabajadores autónomos o por cuenta propia podrán ser beneficiarios cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.
No podrán beneficiarse las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, así como los autónomos colaboradores. Así mismo, quedarán excluidos los trabajadores que hayan desarrollado la misma actividad o similar como autónomo o por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
CUANTIA: el importe reflejado es para el caso 1, en caso de mujeres en parco con discapacidad, este importe variará según el tipo de ayuda y destinatario.
Estas ayudas están sometidas a la norma comunitaria de mínimis (máx. 200.000 euros por beneficiario en un plazo de tres años).
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con otras para la misma acción, excepto cuando se trate de la financiación parcial del proyecto.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán de forma directa.
Estas ayudas serán cofinanciadas por los fondos europeos FSE.
Estas ayudas se concederán en el plazo de dos meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
El presupuesto total para el año 2008 es de 6.000.000 euros.
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