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[Ayudas a la inversión empresarial: estrategias comerciales en el ámbito del comercio interior Castilla La Mancha]
Última actualización el Lunes, 12 de Abril de 2010 16:08 Escrito por Ayudas Oficiales Domingo, 08 de Marzo de 2009 11:04
Ayudas a la inversión empresarial Castilla La Mancha
Acciones subvencionables:
Ayudas para desarrollar estrategias comerciales en el ámbito del comercio interior.
Ayudas para:
realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias;
realización de campañas publicitarias en medios especializados del sector de la actividad, con exclusión expresa de los medios de comunicación generalistas;
elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial;
diseño y elaboración de catálogos, trípticos, carteles, CD-ROM, DVD y displays de los productos que fabrica la empresa;
diseño y elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 25,00 %
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: gastos de consultoria y servicios externos; costes de acceso a Internet a sitios especializados de nuevas tendencias; para los casos 4 y 5: gastos de contratos de colaboración con diseñadores externos con la titulación necesaria y los costes de personal propio consistentes en el salario y seguridad social a cargo de la empresa de diseñadores con la titulación académica necesaria; gastos de personal propio con la categoría profesional adecuada en los proyectos de la elaboración de los casos 4 y 5.
NO serán subvencionable: el diseño y elaboración de muestrarios que incluyan productos fabricados anteriormente o existentes en la empresa; campañas publicitarias o diseño y elaboración de catálogos, muestrarios o cualquier elemento de comunicación comercial que sean reiteración de otras ya subvencionadas.
Información adicional:
PLAZO: las ayudas están pendientes de convocatoria para el año 2009.
BENEFICIARIOS: empresas industriales y de servicios, especialmente pymes, personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes, agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, podrán ser beneficiarios como organismos intermedios.
Quedan excluidas las empresas y asociaciones de promoción, construcción e inmobiliarias; las empresas y asociaciones financieras, gestorías y asesorías jurídicas, fiscales, laborales y contables; las industrias agrarias y alimentarias; las actividades profesionales (salvo ensayos y análisis técnicos); las empresas y asociaciones que realicen actividades en sectores sensibles cubiertos por un encuadramiento comunitario; y otras actividades específicas como cafés, bares, actividades sanitarias y veterinarias, farmacias, educación, empresas de trabajo temporal, intermediarios, arrendatarios, empresas de seguridad, productores de energía y las de ITV.
CUANTÍA: el porcentaje reflejado será el máximo cuando los beneficiarios sean pequeñas empresas.
La cuantía variará en función del beneficiario.
Las ayudas están sujetas a los límites "de minimis" (en general, 200.000 euros de ayudas por beneficiario durante 3 años; 100.000 euros para el sector del transporte o 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: los proyectos deben ser viables técnicamente.
Las inversiones no deben haberse iniciado con anterioridad a la solicitud.
La inversión en proyectos de ampliación o modernización la inversión debe ser la media de amortización contable anual.
Las nuevas inversiones empresariales deben generar, al menos, 5 puestos de trabajo y las de modernización o ampliación deben mantener los ya existentes y conllevar un aumento sensible de la productividad o de la calidad en la prestación del servicio.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son incompatibles con otras ayudas concedidas al mismo objeto por la comunidad autónoma (salvo las del Concurso de Ayudas a iniciativas Emprendedoras -IDEA-) y con otras cofinanciadas por fondos europeos distintos de FEDER.
Mas información de estas Ayudas Oficiales aquí
