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[Ayudas] preventivas para combatir la violencia ejercida sobre los niños, adolescentes y mujeres en Canarias


Acciones subvencionables:


El programa Daphne III es un programa específico destinado a prevenir y a combatir la violencia de la que son objeto los niños, los jóvenes y las mujeres y a proteger las víctimas y a los grupos de riesgo con el fin de contribuir a un alto nivel de protección contra la violencia y reforzar la protección de la salud física y moral. Todos los tipos de violencia están cubiertos por el programa: abuso sexual, violencia familiar, explotación comercial, brutalidad en medio escolar, mutilación genital, trata de los seres humanos y violencia de naturaleza discriminatoria hacia los minusválidos, las minorías, los emigrantes u otras personas vulnerables.
Con el fin de realizar los objetivos de program Daphne III, tres tipos de acciones son especialmente constantes:

acciones específicas: estudios e investigaciones; encuestas de opinión y sondeos; elaboración de indicadores y metodologías; recopilación; análisis y difusión de datos y estadísticas; seminarios; conferencias y reuniones de expertos; organización de campañas y eventos públicos; creación y mantenimientos de un servicio de asistencia y de sitios Internet; preparación de material informativo; establecimiento de un grupo de estudio.
proyectos transnacionales específicos de interés comunitario en los que participen al menos dos Estados miembros.
apoyo a las actividades de ONG u otras organizaciones.


Inicio de la inversión: 01/01/2007 Fin de la inversión: 31/12/2013
 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
 


Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 80,00 % 
 
 
Información adicional:
CONVOCATORIAS:
CONVOCATORIA JLS/DAP/2008-2. Ayudas a las actividades de ONGs u otras organizaciones con concesiones de funcionamiento.
Fecha límite de solicitud: 20/11/2008.
Beneficiarios: organizaciones (ONGs, asociaciones de voluntarios, fundaciones o entidades similares) que cumplan los requisitos siguientes: sean organizaciones sin ánimo de lucro; legalmente establecidas de acuerdo al derecho de cada uno de los Estados miembros o Estados miembros EFTA/EEA y que persigan actividades con una dimensión europea que implique por lo menos en 12 Estados miembros de la UE o Estados miembros de la EFTA/EEA y realicen las actividades que corresponden a los objetivos del Programa Daphne III.
Restricciones: los beneficiarios deberán demostrar que han realizado actividades con una dimensión europea antes de la presentación de la solicitud. Las redes o las sociedades potenciales no serán aceptadas.

 

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