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Ayudas y Subvenciones de España

 

Ayudas para la modernización del pequeño y mediano comercio

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Escrito por Ayudas Oficiales   
Domingo, 27 de Febrero de 2011 22:47

 
Ayudas al pequeño y mediano comercio
 

Inicio convocatoria: 23/02/2011 Final convocatoria: 30/04/2011

Organismo otorgante:

Cnj. Industria y Empleo / Principado de Asturias

Acciones subvencionables:

Ayudas para apoyar las actuaciones de modernización del pequeño y mediano comercio, mediante la incorporación de elementos físicos y/o funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.

Acciones subvencionables:

 

Renovación de la imagen del establecimiento comercial tanto interna como externa en las zonas destinadas exclusivamente a venta y exposición.

Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial.

 

Inicio de la inversión: 01/06/2010 Fin de la inversión: 30/04/2011

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

 

Cuantía de la ayuda:

Ayuda máxima: 50,00 % ó 80.000,00 €

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables:

para el caso 1, obras de albañilería, carpintería y pintura; instalación de suelos y revestimiento de techos y paredes; reforma de la facha del establecimiento; instalaciones eléctricas; estudios y proyectos de reforma y adecuación; aire acondicionado, calefacción e hilo musical; mobiliarios destinados a la presentación de los productos al cliente; rótulos, toldos y marquesinas exteriores.

para el caso 2, adquisición de terminales de punto de venta, lectores de códigos de barras, lectores de bandas magnéticas e impresora de tickets; balanzas digitales; ordenadores de sobremesa y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén y automatización de ventas; aplicaciones y programas comerciales (no a medida), destinados a los fines señalados en el punto anterior, debiéndose aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad comercial; creación de páginas web destinadas al comercio electrónico de la actividad comercial subvencionada.

NO serán subvencionables:

para el caso 1, permisos, licencias y cuotas de colegios oficiales o cualquier otro tributo o impuesto; muebles y artículos de exposición y prueba susceptibes de posterior venta al público; mobiliario y maquinaria destinados a la prestación de servicios que no constituyan actividad comercial; alarmas y sistemas de seguridad y vigilancia; importes pagaderos por adecuación a una determinada imagen de marca, cánones de franquicia, traspasos o conceptos similares; IVA.

para el caso 2, ordenadores portátiles, agendas electrónicas y PDAs; cámaras digitales; fotocopiadoras y aparatos de teléfono y fax, y equipos multifunción; hardware y software; instalación e implementación del software y equipos adquiridos; cursos de formación; IVA; conceptos consumibles tales como tinta, tóner, discos, etc.

 

Información adicional:

BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas; sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de Pymes comerciales.

CUANTIA: el importe y porcentaje máximo expresado es un límite general por beneficiario.

Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).

RESTRICCIONES: quedan expresamente excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales, parques empresariales o zonas similares.

La actividad comercial deberá realizarse en establecimientos radicados en áreas comerciales o centros comerciales abiertos, entendiendo como tales aquellas calles o zonas comerciales ubicados en los cascos urbanos; galerías, centros comerciales integrados y mercados minoristas municipales y núcleos rurales.

Para el caso 1, quedan excluidas por tanto las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aulas, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial.

COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras para la misma finalidad.

NOTA INTERNA: el presupuesto total para el año 2011 es de 2.000.000 euros.

El plazo de resolución finalizará el 23/08/2011 (será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria).

 

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